LEY 25/2015 · ACTUALIZADA 2022

Cancela tus deudas
con la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos en situación de insolvencia cancelar hasta el 100% de sus deudas y empezar de cero. Paralización inmediata de embargos. Sin coste previo.

Resultados de nuestros clientes

+70M€

Deuda total exonerada

98%

Tasa de éxito en casos viables

+40K

Familias liberadas de deudas

Quiero estudiar mi caso

¿EN QUÉ CONSISTE?

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, reformada por el Real Decreto-Ley 1/2015 y el nuevo Texto Refundido Concursal de 2022) es un mecanismo legal diseñado para que personas físicas —particulares y autónomos— que no pueden hacer frente a sus deudas puedan obtener una segunda oportunidad financiera.

El objetivo principal es conseguir la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI): es decir, la cancelación definitiva de las deudas que el deudor no ha podido pagar tras liquidar su patrimonio disponible o tras cumplir un plan de pagos.

Con la reforma de 2022 (Directiva Europea de Insolvencia), el proceso se ha simplificado enormemente: ya no es necesario un acuerdo extrajudicial previo, y los plazos se han reducido considerablemente.

💡 Dato clave

Más de 15.000 personas se acogen a la Ley de Segunda Oportunidad cada año en España, y ese número crece un 40% anualmente desde la reforma de 2022.

¿A quién va dirigida?

  •  Particulares con deudas imposibles de pagar (préstamos, tarjetas, hipotecas…)
  •  Autónomos con deudas profesionales y personales acumuladas
  • Empresarios personas físicas tras el cierre de un negocio
  • Personas en ASNEF, RAI o BADEXCUG que no pueden acceder a crédito
  • Afectados por embargos de nómina o de cuenta bancaria
  • Personas con deudas con Hacienda y Seguridad Social (hasta 10.000€ cada una)

¿No sabes si cumples los requisitos?

Test gratuito de viabilidad

LO QUE CONSIGUES

Beneficios inmediatos de acogerte a la LSO

Desde el momento en que se inicia el procedimiento, tu situación cambia radicalmente. Estos son los efectos que tendrás desde el día uno:

»Paralización

Todos los embargos —de nómina, cuenta bancaria o bienes— quedan suspendidos automáticamente desde la admisión del concurso.

»Posibilidad

Con la reforma de 2022, es posible mantener la vivienda habitual optando por un plan de pagos en lugar de la liquidación de activos.

»Fin

Los bancos, financieras y agencias de recobro tienen prohibido contactarte una vez iniciado el procedimiento judicial.

»Nuevo

Una vez exonerado, podrás solicitar préstamos, líneas de crédito y productos financieros sin el lastre de las deudas pasadas.

»Salida

Al obtenerse la exoneración, tus datos son eliminados de ASNEF, RAI y BADEXCUG. Tu historial crediticio queda limpio.

»Tranquilidad

El bienestar psicológico de tu familia mejora inmediatamente al detener el ciclo de presión y angustia económica constante.

»Cancelación

La ley permite exonerar hasta el 100% de tus deudas pendientes si cumples los requisitos de buena fe y viabilidad.

»Continuar

La LSO no te impide seguir ejerciendo tu actividad profesional. Puedes solicitar la exoneración y mantener tu negocio activo.
CONDICIONES LEGALES

Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad en 2025

Ver todos los requisitos detallados

Para poder solicitar la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), debes cumplir una serie de requisitos legales establecidos en el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020):

  • Ser persona física (particular o autónomo) La LSO está diseñada exclusivamente para personas físicas. Las sociedades mercantiles (S.L., S.A.) no pueden acogerse directamente a este mecanismo.
  • Situación de insolvencia actual o inminente Debes demostrar que no puedes hacer frente al pago regular de tus obligaciones económicas, o que en un plazo próximo no podrás hacerlo.
  • Ser deudor de buena fe No haber sido condenado por delitos socioeconómicos, estafa, blanqueo de capitales o delitos contra Hacienda en los últimos 10 años. Tampoco haber actuado con negligencia grave para endeudarse.
  • Tener más de un acreedor Las deudas deben corresponder al menos a dos acreedores distintos (por ejemplo, un banco y Hacienda).
  • No haber obtenido la exoneración anteriormente No puedes haberte beneficiado de la LSO en los últimos 5 años (si fue por liquidación) o 2 años (si fue por plan de pagos).
  • Deuda inferior a 5 millones de euros El pasivo total exonerable debe ser inferior a este límite.

¿Qué deudas se pueden cancelar?

  • Préstamos personales y microcréditos
  • Tarjetas de crédito y revolving
  • Hipoteca (deuda restante tras subasta)
  • Deudas con proveedores
  • Deuda con Hacienda (hasta 10.000€)
  • Deuda con Seguridad Social (hasta 10.000€)
  • Avales y garantías personales

¿Qué deudas NO se pueden cancelar?

  • M Pensiones alimenticias
  • M Multas penales
  • M Deudas por responsabilidad civil extracontractual
  • M Deuda con Hacienda que supere 10.000€
  • M Deudas contraídas de forma dolosa
EL CAMINO HACIA LA LIBERTAD

Cómo funciona el proceso paso a paso

El procedimiento se ha simplificado con la reforma de 2022. Nuestros abogados te guían en cada fase para maximizar tus posibilidades de exoneración total.

»Estudio

Analizamos en detalle tu situación financiera: deudas, activos, ingresos y acreedores. Te decimos con honestidad si tu caso es viable y cuánto podrías exonerar.

»Preparación

Recopilamos toda la documentación y presentamos la solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil. Nos encargamos de todo el papeleo y comunicaciones.

»Exoneración

El juez concede el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI). Tus deudas quedan canceladas legalmente. Empiezas de cero.

El mayor caso que hemos resuelto: 300.000€

«Llevaba más de 10 años intentando salir de una deuda que no paraba de crecer. Hipoteca con ampliaciones, préstamos personales, tarjetas… todo se había desbordado. Pensé que esto no tenía solución. Legalsha no solo encontró la solución: consiguió que el juez exonerara el 100% de mi deuda. Hoy tengo mi vida de vuelta.»

— Cliente de Legalsha · Exoneración completa (Juzgado de lo Mercantil · Sentencia firme)

Leer el caso completo

84.500€

Deuda exonerada al 100%

«Cerré mi negocio en 2021 y acumulé deudas con tres bancos distintos y con Hacienda. Pensé que jamás podría salir de ese agujero. En 9 meses Legalsha consiguió la exoneración total.»

— Miguel A., autónomo · Sevilla

47.200€

Cancelados incluido ASNEF

«Llevaba 4 años en ASNEF, no podía abrir una cuenta bancaria. Contraté microcréditos para pagar otros créditos y la espiral fue imposible. Hoy estoy libre de toda deuda.»

— Elena R., particular · Madrid

118.000€

Exonerados conservando casa

«Pensábamos que perderíamos nuestra casa. Gracias al plan de pagos propuesto por Legalsha, pudimos mantener la vivienda y cancelar más de 118.000€ de deudas bancarias.»

— Familia Martínez · Barcelona

Todo lo que necesitas saber sobre la Ley de Segunda Oportunidad en España

La Ley de Segunda Oportunidad fue introducida en España en 2015 (Ley 25/2015, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social). Desde entonces, ha sufrido importantes modificaciones, siendo la más relevante la de 2022, que incorporó la Directiva Europea 2019/1023 sobre marcos de reestructuración preventiva.

Este mecanismo supone un cambio de paradigma en el tratamiento de la insolvencia de personas físicas en España, acercándonos a los modelos anglosajones donde el deudor de buena fe tiene derecho real a empezar de cero sin el estigma permanente de las deudas pasadas.

¿Cuánto tiempo lleva el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad?

Con la reforma de 2022, los plazos se han reducido considerablemente. Un proceso estándar sin complicaciones puede resolverse en entre 6 y 18 meses, frente a los 2-3 años que podía tardar antes de la reforma. Los factores que influyen en el plazo son:

  • La complejidad de la masa pasiva (número e importe de deudas).
  • La existencia o no de bienes a liquidar.
  • El volumen de trabajo del Juzgado de lo Mercantil asignado.
  • Si se opta por plan de pagos (más largo) o liquidación (más rápido).
  • La colaboración del deudor en la aportación de documentación.

¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Los honorarios de un abogado especializado en LSO varían significativamente entre despachos. En Legalsha trabajamos con un modelo transparente: un único pago inicial para cubrir las gestiones previas, y cuotas mensuales asequibles durante el proceso. No cobramos honorarios de éxito adicionales, ya que consideramos que tu exoneración es la base de nuestro trabajo.

Además, existen tasas judiciales y costes de publicación en el Registro Público Concursal, que también gestionamos en tu nombre.

¿Puedo perder mi vivienda con la Ley de Segunda Oportunidad?

Es la pregunta más frecuente y más temida. La respuesta depende de la vía elegida:

  • Vía de liquidación: Si tienes una hipoteca activa y patrimonio positivo en la vivienda, es posible que deba incluirse en la masa activa. Sin embargo, si la vivienda está hipotecada y tiene valor neto nulo o negativo, generalmente no hay problema.
  • Vía de plan de pagos (artículo 498 TRLC): Es posible mantener la vivienda habitual comprometiéndote a un plan de pagos que el juez debe aprobar.

Nuestros abogados analizan la situación hipotecaria concreta de cada cliente para encontrar la estrategia que permita, siempre que sea posible, la conservación de la vivienda familiar.

¿Qué pasa si soy autónomo?

Los autónomos son uno de los grupos que más se benefician de la Ley de Segunda Oportunidad. A diferencia de las personas jurídicas (empresas), los autónomos pueden separar —hasta cierto punto— las deudas profesionales de las personales y acogerse al proceso concursal como persona física.

Además, el proceso no implica el cese obligatorio de la actividad profesional. Puedes seguir trabajando como autónomo mientras se tramita el expediente y, una vez obtenida la exoneración, continuar con tu actividad sin las deudas pasadas.

¿Qué es el «deudor de buena fe» y cómo se demuestra?

El concepto de «buena fe» es central en la LSO y el juez lo valora de forma objetiva, no subjetiva. No se trata de tener buenas intenciones, sino de cumplir una serie de requisitos legales concretos:

  • No haber sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, delitos socioeconómicos, falsedad documental o delitos contra la Hacienda Pública en los últimos 10 años.
  • No haber actuado de mala fe o con negligencia grave en la generación de la insolvencia (por ejemplo, dilapidando el patrimonio intencionadamente).
  • No haber ocultado bienes o información al juzgado.
  • Haber intentado, en la medida de lo posible, llegar a acuerdos con los acreedores antes de acudir al concurso (aunque con la reforma de 2022 esto ya no es un requisito formal previo).

Diferencias entre la Ley de Segunda Oportunidad y la declaración de concurso voluntario

Aunque ambos procedimientos se tramitan ante el Juzgado de lo Mercantil y comparten muchos aspectos, existen diferencias importantes:

  • El concurso voluntario era el único mecanismo disponible antes de 2015. No contemplaba la exoneración automática de deudas y podía dejar al deudor igualmente endeudado tras el proceso.
  • La Ley de Segunda Oportunidad incorpora el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho), que es la herramienta que permite la cancelación real y definitiva de las deudas no pagadas.

¿Cómo afecta la LSO a los avalistas?

La exoneración del deudor principal no libera automáticamente a sus avalistas. Si tienes avalistas en alguna de tus deudas, los acreedores podrán seguir reclamando el pago a esos garantes aunque tú hayas obtenido la exoneración. Es un aspecto crítico que debes tener en cuenta y que nuestros abogados evalúan en cada caso para encontrar la mejor estrategia.

Preguntas Frecuentes

»¿Puedo
Sí. La LSO permite exonerar deudas con Hacienda hasta un importe de 10.000€ y con la Seguridad Social hasta otros 10.000€. Las cantidades que superen esos límites no son exonerables, aunque sí pueden ser objeto de aplazamiento o negociación paralela. Si tu deuda con Hacienda es el componente principal, te asesoramos sobre las vías complementarias disponibles.
»¿Puede
Sí, y de hecho es una de las razones más habituales por las que se inicia el proceso. En el momento en que el juzgado admite la solicitud de concurso voluntario, se produce la paralización automática de todos los embargos activos, incluyendo los de nómina y los de cuenta bancaria. Esta es una de las medidas más urgentes y efectivas de la LSO.
»¿Qué
La exoneración es personal. Si las deudas fueron contraídas solo por ti, tu cónyuge no se verá afectado. Sin embargo, si existían deudas solidarias o avales mutuos, la situación es más compleja. En caso de matrimonio en régimen de gananciales, hay que analizar qué bienes son privativos y cuáles gananciales. Nuestros abogados estudian cada situación familiar para minimizar el impacto en el cónyuge.
»¿Cuánto
La resolución de exoneración se inscribe en el Registro Público Concursal y es de acceso público. Sin embargo, los ficheros de morosos privados (ASNEF, BADEXCUG, RAI) deben eliminar tus datos al obtener la exoneración. Por su parte, la inscripción en el Registro Mercantil del concurso puede mantenerse varios años, aunque esto tiene cada vez menos impacto práctico en el acceso al crédito.
»¿Puede
Para acogerse a la LSO española, el deudor debe tener su «centro de intereses principales» (COMI) en España. Generalmente, esto implica residir habitualmente en España o tener aquí su actividad profesional principal. Los ciudadanos extranjeros que viven y trabajan en España pueden acogerse al procedimiento sin problema.
»¿Es
No exactamente. Aunque el proceso LSO incluye un concurso de acreedores (equivalente a la quiebra), la diferencia clave es que la LSO incorpora el mecanismo de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), que permite cancelar definitivamente las deudas restantes. La «quiebra» clásica en España no contemplaba esta posibilidad, dejando al deudor igualmente responsable de sus deudas aunque hubiera liquidado todo su patrimonio.
»¿Puedo
Técnicamente sí, aunque con deudas muy bajas los costes del proceso (honorarios legales + tasas judiciales) pueden superar el beneficio económico de la exoneración. Para deudas inferiores a 15.000-20.000€ suele ser más conveniente explorar otras vías, como la negociación directa con los acreedores o el fraccionamiento de pagos. En tu estudio gratuito te damos una valoración honesta sin comprometerte a nada.
»¿Qué
Para el estudio inicial, con los datos básicos es suficiente. Para presentar la solicitud judicial, necesitarás: DNI/NIE, vida laboral, últimas 3 declaraciones de la Renta, extractos bancarios de los últimos 6 meses, contratos de préstamos/créditos, comunicaciones de deudas, y cualquier documentación relativa a bienes inmuebles o vehículos. Nuestro equipo te ayuda a recopilar y ordenar toda la documentación necesaria.

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Analizamos tu situación de forma totalmente confidencial y gratuita. En menos de 24 horas sabrás si puedes acogerte a la LSO y cuánto podrías exonerar.

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