Ley de Segunda Oportunidad con Abogados Legalsha

por | Oct 25, 2024 | Blog | 7 Comentarios

En Abogados Legalsha somos especialistas en Ley de Segunda Oportunidad (LSO), trabajamos a éxito, por lo que no pagarás nada hasta que te libremos de todas tus deudas. Una vez que obtengas la exoneración de pasivo insatisfecho, podrás pagar nuestros honorarios en cuotas, o al contado. SI NO GANAMOS, NO PAGAS.

Si no llegas a fin de mes, te embargan la nómina, o tus deudas son superiores a 8mil euros, la Ley de Segunda Oportunidad (LSO) te puede ayudar a cancelar todas tus deudas. Ya seas autónomo o particular puedes acogerte a esta ley y empezar de nuevo. Esta herramienta también te permite cancelar deudas públicas de hasta 10.000€ con Hacienda y la Seguridad Social por separado.

Funcionamiento de la Ley de Segunda Oportunidad (LSO)

Tanto particulares como autónomos, la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) es una herramienta idónea para ellos, al encontrarse en una situación de insolvencia.

Con esta ley, las personas en situación de sobreendeudamiento que no pueden hacer frente a sus deudas, pueden salir de esa situación de quiebra económica renegociando sus deudas o cancelándolas.

El proceso comienza con un Acuerdo Extrajudicial de Pagos, donde se intenta alcanzar un acuerdo con los acreedores. Si no es posible, se procede al concurso de acreedores y, finalmente, se puede solicitar la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), que cancela las deudas pendientes. Algunas deudas no son exonerables, como veremos más adelante.

Para poder acogerse a esta ley, hay que cumplir una serie de requisitos.

¿Quién puede acogerse a esta ley? ¿Cuáles son los requisitos?

Esta ley está destinada principalmente a particulares y autónomos.

El nombre de esta ley refleja el objetivo e la deuda, cancelar todas tus deudas y así poder empezar de nuevo.

Para poder acogerse a esta ley, es necesario reunir unas condiciones para poder iniciar el proceso:

  • Declararse insolvente.
  • No tener una deuda mayor de 5 millones de euros.
  • No haberse acogido a la Ley de segunda Oportunidad en los últimos 10 años.
  • No haber ocultado bienes a sus acreedores y colaborar en el concurso.
  • En los últimos 10 años no haber sido condenado por delitos económicos o falsedad documental.
  • Ser deudor de buena fe.

Cancela tu deuda y empieza de nuevo

Existen tres vías para cancelar tus deudas:

  1. No tener ningún bien ni derechos susceptibles de ser embargados.
  • Tener bienes y activos. Aquí se dan dos situaciones:
  • Cederlos todos.
  • Ceder una parte de ellos excepto aquellos imprescindibles, ya sean las herramientas de trabajo (como maquinaria industrial, local comercial, furgoneta, etc.) o bien, si es un particular, vivienda, o vehículo, por ejemplo.

En estos dos casos, se procederá a la reestructuración de la deuda, una vez que se haya reunido toda la documentación necesaria.

En este proceso, los especialistas de Abogados Legalsha te asesorarán y acompañarán durante dicho trámite para que no falte ningún documento y así poder lograr la Exoneración del pasivo insatisfecho o EPI.

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TENGO UNA HIPOTECA, ¿CóMO ME AFECTA?

Antes de realizarse el concurso de acreedores, para acceder al perdón de la deuda, si se va a proceder a entregar la vivienda, el propietario habitual de la misma ha de conocer tanto su valoración en el mercado actual, como su situación, el importe del préstamo de la hipoteca y las cargas que haya asociadas a la mencionada vivienda.

Es importante remarcar que el préstamo hipotecario no es exonerable.

Existe un segundo caso en el que se puede excluir la vivienda, siempre que el valor de la casa en el mercado ha esté por debajo del préstamo hipotecario en ese momento; con la condición de que se cumplan una serie de requisitos.

El deudor ha de incluir un calendario de pagos por un período de 5 años para los créditos exonerables, además de detallar los recursos previstos para cumplir los pagos de los créditos exonerables y no exonerables (como la hipoteca).

Es imprescindible que, en este caso, el deudor se comprometa a abonar (y cumpla) con las cuotas estipuladas hasta completar el pago del préstamo para conservar su vivienda. De no hacerlo, perderá la vivienda en caso de que el acreedor hipotecario proceda a la ejecución de la casa.

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¿Qué puedo conseguir con la Ley de segunda oportunidad? ¿Cuáles son las ventajas de esta ley?

  • Exoneración de deudas

¿Has oído hablar del EPI? Es la exoneración del pasivo insatisfecho, lo que significa cancelar las deudas de forma total o parcial.

Esto es decisivo para aquellas personas que sean autónomas y no poseen suficientes activos para hacer frente a sus obligaciones.

  • Continuar con tu actividad profesional

No hay necesidad de cerrar el negocio para los autónomos al acogerse a esta ley. Esto es particular de esta ley, a diferencia de otros procesos de insolvencia.

  • Protección frente a creedores

Quienes se acojan a esta ley, durante el proceso estarán protegidos frente a los acreedores.

Esta característica es muy importante ya que evita que se sucedan embargos o ejecuciones judiciales.

¿Qué deudas pueden cancelarse?

Abogados Especialistas en ley de la segunda oportunidad LSO

Las deudas que pueden cancelarse son:

  • Préstamos personales.
  • Hipotecas, en los casos en que ofrecerla a modo de pago basta para pagar la deuda.
  • Deudas con proveedores.
  • Deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

En este caso las deudas con la Seguridad Social y Hacienda, cada una puede ser de 10.000€ máximo, y por encima de esa cantidad el juez no establece un plan de pagos.

¿Qué deudas NO se pueden cancelar?

  • Pensiones alimenticias o compensatorias.
  • Multas y sanciones administrativas consideradas como graves o muy graves.
  • Existen deudas fiscales y de la Seguridad Social que no se consideran cancelables, aunque su pago puede ser negociable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos en situación de insolvencia cancelar o renegociar sus deudas, dando la oportunidad de empezar de nuevo sin la carga financiera acumulada.

  • ¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Cualquier particular o autónomo que no pueda hacer frente a sus deudas y cumpla con los requisitos de la ley: ser deudor de buena fe, no tener deudas superiores a 5 millones de euros, no haber sido condenado por delitos económicos, y no haberse acogido a la LSO en los últimos 10 años.

¿Puedo cancelar todas mis deudas con esta ley?

No todas las deudas son cancelables. Se pueden cancelar deudas como préstamos personales, deudas con proveedores y algunas deudas con Hacienda o la Seguridad Social (hasta 10.000€ cada una). Sin embargo, deudas como pensiones alimenticias, multas administrativas graves y deudas superiores con Hacienda o la Seguridad Social no pueden cancelarse, pero pueden ser renegociadas.

¿Voy a perder mi casa si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?

Dependerá de la situación. Si tienes una hipoteca y el valor de la casa es inferior a lo que debes, existe la posibilidad de mantener la vivienda si cumples con un plan de pagos.

¿Qué sucede con mis bienes si me acojo a la Ley de segunda oportunidad?

Depende de tus activos. Si no tienes bienes susceptibles de embargo, se procede a la exoneración de la deuda directamente. Si tienes bienes, puedes optar por cederlos para pagar parte de la deuda, salvo aquellos necesarios para trabajar (herramientas, vehículo, local comercial, etc.).

¿Qué requisitos debo cumplir para acogerme a la LSO?

Debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser insolvente (no poder hacer frente a las deudas).
    • No haber cometido delitos económicos o falsedad documental.
    • Ser deudor de buena fe (colaborar con el proceso, no ocultar bienes).
    • No haber utilizado la LSO en los últimos 10 años.

¿Tengo que cerrar mi negocio si soy autónomo y me acojo a la Ley de sefunda oportunidad (LSO)?

No necesariamente. La LSO permite a los autónomos continuar con su actividad, siempre y cuando se establezca un plan para reestructurar las deudas. Es una ventaja frente a otros mecanismos de insolvencia, ya que no obliga al cierre del negocio.

¿La Ley de Segunda Oportunidad (LSO) afecta a mi historial crediticio?

Sí, el hecho de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad quedará reflejado en los registros de solvencia como RAI o ASNEF durante un tiempo, pero tras la exoneración de las deudas podrás recuperar tu solvencia y acceder de nuevo a servicios financieros.

¿Qué pasa si tengo deudas con Hacienda o la Seguridad Social?

Con la LSO, puedes cancelar hasta 10.000€ de deuda con Hacienda y otros 10.000€ con la Seguridad Social. Para cantidades superiores, se puede establecer un plan de pagos, pero estas deudas no son completamente exonerables.

¿Puedo acogerme a la LSO si ya estoy embargado?

Sí, puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad incluso si ya te han embargado la nómina o bienes. El proceso suspende temporalmente las acciones de embargo, y dependiendo de la resolución, podrías eliminar las deudas y evitar que continúen los embargos.

¿Por qué buscar asesoría legal especializada?

Es importante tener cuidado con estos trámites ya que has de considerar todas las opciones disponibles, así como tu idoneidad para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad (LSO).

Además, es necesario proceder con cuidado en el plan de pagos, puesto que, si un acreedor tuviese menores expectativas de cobro con el plan de pagos que las que tuviese liquidando el patrimonio del deudor, podría proceder a impugnar el plan de pagos haciendo que el deudor pierda su casa.

En Abogados Legalsha somos especialistas en LSO y a diferencia de otros despachos:

  1. No te cobramos hasta conseguirte la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).
  2. Lo puedes pagar en plazos que se ajusten a ti.
  3. No pagas si no ganamos. Obviamente estamos muy seguros de nuestro éxito, ya que contamos con una dilatada experiencia y nuestro equipo lo conforman especialistas en Ley de Segunda Oportunidad, pero queremos que tú también estés seguro al elegir nuestros servicios.

Es importante contar con la tranquilidad en la cancelación de tus deudas sin pensar en los pagos que has de realizar a tu abogado, y es que ¿por qué cobrarte mientras estas en proceso de cancelar tus deudas?

Para más Información:

Déjanos tu comentario o duda al respecto. Gracias

7 Comentarios
  1. Son una pasada, he tramitado mi segundo caso ya con daniel y la verdad es que como agente es excelente, me ha asesorado y antendido con mucha profesionalidad yrapidez, sin duda son la mejor opcion para estos servicios

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  2. Trato muy bueno y a la espera de la solucion ,lo recomieNdo

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  3. El trato muy bueno y a la espera de los resultados

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    • Buenos dias
      Me ha atendido daniel
      Toda la gestion a sido muy buena y agil.
      Estoy contento.
      Un saludo.

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  4. Me an sabido escuchar

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  5. Contacte con cristina por telefono y super bien muy simpatica

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    • La paciencia y el trato es ejemplar

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