¿Has intentado conseguir una copia del contrato de tu préstamo o tarjeta de crédito y el banco te ha dado largas? No eres el único. Muchos consumidores se topan con trabas, silencios o negativas cuando solicitan documentación básica para ejercer sus derechos.
La buena noticia es que no estás indefenso. La ley está de tu parte y tanto el Banco de España como los tribunales europeos reconocen que las entidades financieras tienen la obligación de entregarte esa información. En Legalsha Abogados te explicamos cómo exigirla… y qué hacer si el banco no responde.
¿Por qué cuesta tanto obtener una copia del contrato?
Aunque parezca increíble, muchas entidades ponen obstáculos cuando el cliente solicita una copia del contrato de su préstamo o tarjeta. A veces no contestan. Otras, remiten al servicio de atención al cliente, que suele eternizar los plazos sin ofrecer soluciones reales. También hay bancos que intentan cobrar por la gestión, cuando en realidad tienen la obligación de proporcionarla sin costes injustificados.
La ley es clara: según la Orden EHA/2899/2011, las entidades de crédito deben entregar al cliente el documento contractual que formaliza el servicio recibido. Además, están obligadas a conservar una copia y facilitarla cuando el cliente lo solicite.
Esto viene recogido en su artículo 7 puntos 1 y 2:
1. Las entidades de crédito deberán entregar al cliente el correspondiente ejemplar del documento contractual en que se formalice el servicio recibido.
2. Las entidades de crédito deberán conservar el documento contractual y poner a disposición del cliente copia del mismo siempre que éste lo solicite.
Esta obligación se refuerza en el artículo 19.5 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, así como en las recomendaciones del Banco de España, que consideran esta práctica una obligación mínima de transparencia.
A todo esto se suma un respaldo aún más sólido desde Europa. En su sentencia de 12 de octubre de 2023 (C-326/22), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que el prestamista debe entregar al consumidor una copia del contrato cuando este ya no la conserve, especialmente si la necesita para ejercer su derecho a reclamar la reducción del coste total del crédito tras un reembolso anticipado. El TJUE fue claro: la entrega de esa documentación no es una opción, es una obligación legal.
Conseguimos el contrato GRATIS
No hace falta que insistas más, ni que pierdas el tiempo con llamadas, correos o trámites interminables. En Abogados Legalsha nos encargamos de solicitar el contrato directamente a la entidad bancaria, con todos los argumentos legales y la experiencia necesaria para que no puedan negarse. ¡Y lo hacemos Gratis!
Sabemos cómo presionar a los bancos para que entreguen la documentación que están obligados a conservar y facilitar. Y si no responden, activamos las vías legales oportunas para obtenerlo por la vía judicial.
En definitiva, no necesitas hacer nada. Si has perdido tu contrato o la entidad se niega a entregártelo, contacta con nosotros y nos ocupamos de todo.
¿Por qué es tan importante tener tu contrato?
Tener una copia del contrato no es solo un derecho: es la base para reclamar comisiones abusivas, intereses usurarios o productos financieros mal comercializados, como las tarjetas revolving. Sin ese documento, muchos bancos intentan evitar que puedas ejercer acciones legales con garantías.
Por eso, en Legalsha Abogados no solo conseguimos el contrato por ti. También te asesoramos sobre si ese contrato incluye cláusulas abusivas y si puedes reclamar la devolución de tu dinero.
Contacta con nosotros a través del formulario y cuéntanos tu caso. Lo analizaremos de forma gratuita y te ayudaremos a recuperar tu dinero.
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